viernes, 1 de enero de 2010

Articulo 4º Constitucion Nacional Argentina.

"El Gobierno federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional, formado del producto de derechos de importación y exportación, del de la venta o locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de Correos, de las demás contribuciones que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso General, y de los empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para urgencias de la Nación, o para empresas de utilidad nacional".-

Este articulado, es uno de los mas comentado por los Tratados y Manuales de Derecho Constitucional, por comprender junto con los Arts. 17 y 75, CNA; todo lo concerniente a las competencias que en materia tributaria se le reconocen al Congreso Nacional.


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